Autorización de viaje al exterior para menores en el Perú
La autorización de viaje al exterior para menores de edad es uno de los trámites más frecuentes y, a la vez, uno de los que más errores genera en el momento del embarque. La oficina de Migraciones en el Aeropuerto Internacional Jorge Chávez deniega habitualmente la salida del país a menores que no acreditan correctamente la autorización de los padres ausentes. Esta guía recopila el procedimiento oficial, las modalidades disponibles, los costos reales y las situaciones especiales que pueden presentarse.
Cuándo es obligatoria la autorización
La legislación peruana exige autorización expresa de los padres en tres supuestos principales: cuando el menor viaja al extranjero con uno solo de los padres (debe autorizar el otro), cuando viaja al extranjero sin ninguno de los padres (deben autorizar ambos), y cuando el menor viaja al extranjero solo, situación que se da por ejemplo en menores adolescentes que viajan a competiciones deportivas, intercambios académicos o reuniones familiares.
La autorización no es necesaria cuando el menor viaja al extranjero acompañado por ambos progenitores, siempre que ambos estén presentes en el control migratorio y puedan acreditar el vínculo familiar mediante la partida de nacimiento del menor. En este caso, basta con DNI de los padres, DNI o pasaporte del menor, y partida de nacimiento.
Modalidades de autorización
La legislación peruana admite tres modalidades de autorización, según las circunstancias familiares:
Autorización notarial
Es la modalidad más común y se utiliza cuando ambos padres están vivos, mantienen la patria potestad y están de acuerdo en autorizar el viaje. Ambos padres acuden personalmente a una notaría, presentan sus DNI, la partida de nacimiento del menor, los datos del viaje (fechas, destino, acompañante) y firman la autorización ante el notario, que verifica las identidades y certifica el acto. El menor mayor de 7 años también debe estar presente en algunos casos. El plazo es inmediato: la autorización se entrega el mismo día. El costo varía entre S/ 80 y S/ 200 según la notaría, sin existir tasa fija oficial.
Autorización judicial supletoria
Cuando uno de los padres se niega injustificadamente a autorizar el viaje, o no es localizable, o existe alguna circunstancia que impide la autorización notarial, el otro padre puede acudir al Juzgado de Familia y solicitar autorización judicial supletoria. El juez evalúa la situación, da audiencia al padre que se opone si es localizable y, si considera que la negativa carece de fundamento o que el viaje es beneficioso para el menor, emite resolución autorizando el viaje. Este procedimiento es gratuito y puede resolverse en aproximadamente 5 días hábiles si no hay oposición fundada. La resolución judicial sustituye plenamente a la autorización del padre que no firmó.
Autorización consular
Si uno de los padres reside en el extranjero y no puede acudir a una notaría peruana, puede otorgar la autorización ante el Consulado del Perú en el país donde reside. El cónsul verifica la identidad y firma el documento siguiendo el formato oficial. La autorización consular tiene la misma validez que la notarial peruana. Posteriormente, debe enviarse el documento original al Perú por valija diplomática, courier o entregarse al menor antes del viaje.
Documentación necesaria
Para tramitar la autorización notarial, los padres deben presentar:
- DNI vigente de ambos padres (original y copia).
- Partida de nacimiento del menor (vigencia no mayor a 90 días).
- DNI vigente del menor, si lo tiene, o partida de nacimiento si es muy pequeño.
- Constancia del viaje: pasaje aéreo, reserva, carta de invitación o cualquier documento que acredite las fechas y el destino.
- Datos completos del acompañante: nombres, apellidos, DNI o pasaporte y relación con el menor.
En situaciones especiales (padre fallecido, padre con custodia exclusiva, padre ausente o desconocido), se requiere documentación adicional: partida de defunción, sentencia de tenencia, sentencia de divorcio, declaración judicial de ausencia, etc.
Información que debe contener la autorización
Una autorización válida debe especificar con claridad:
- Nombre completo del menor, fecha de nacimiento y número de DNI o pasaporte.
- Nombre completo y DNI de los padres autorizantes.
- Datos del acompañante: nombre completo, DNI o pasaporte, vínculo con el menor.
- País o países de destino y, en su caso, ciudades específicas.
- Fecha exacta de salida del Perú y fecha exacta de regreso.
- Motivo del viaje: turismo, estudios, competencia deportiva, reagrupación familiar, etc.
Una autorización con datos imprecisos o con fechas distintas a las del pasaje puede ser rechazada por Migraciones. Es recomendable que los datos coincidan exactamente con la reserva aérea.
Apostilla de la autorización
Si el menor viaja a un país signatario del Convenio de La Haya y el país destino exige apostilla del permiso de viaje, este debe pasar por la Cancillería peruana después del trámite notarial. Es habitual la exigencia de apostilla para destinos como Estados Unidos, España, Italia, Francia, Alemania, Reino Unido y la mayoría de países europeos. Para destinos sudamericanos cercanos (Chile, Ecuador, Colombia, Bolivia, Argentina) generalmente no se exige apostilla, pero conviene confirmarlo con el consulado del país destino acreditado en Lima.
El procedimiento de apostilla del permiso es el mismo que el de cualquier documento notarial: pago de S/ 31.00 en PAGALO.PE, presentación del documento original en la Sede Central del Ministerio de Relaciones Exteriores o en cualquiera de sus oficinas desconcentradas, y recogida con la apostilla adherida.
Casos especiales
Padres separados o divorciados: el régimen de visitas o de tenencia compartida no exime de la autorización del padre que no viaja con el menor. Si la sentencia de divorcio establece tenencia exclusiva, el padre con custodia puede autorizar por sí solo, pero conviene presentar la sentencia para evitar confusiones en frontera.
Padre con paradero desconocido: debe iniciarse procedimiento judicial de declaración de ausencia, tras el cual el otro padre puede autorizar por sí solo. Este proceso es lento y debe planificarse con varios meses de antelación al viaje.
Padres fallecidos: si ambos padres han fallecido, autoriza el tutor legal designado por el juez. Si solo ha fallecido uno, el otro autoriza presentando la partida de defunción.
Adolescentes mayores de 16 años: aunque la autorización se mantiene como obligatoria hasta los 18 años, algunos consulados extranjeros aceptan autorizaciones simplificadas para adolescentes mayores que viajan con grupos académicos o deportivos organizados. Debe consultarse caso a caso.
Control en el aeropuerto Jorge Chávez
La oficina de Migraciones del Perú verifica las autorizaciones de viaje en el momento de la salida del menor. El oficial revisa el DNI del menor, los datos del acompañante, la partida de nacimiento y la autorización notarial o judicial. Si detecta cualquier inconsistencia (datos del acompañante no coinciden, fechas distintas a las del pasaje, autorización vencida, falta de apostilla cuando es exigible), puede denegar la salida.
Para evitar contratiempos, se recomienda llegar al aeropuerto con al menos 3 horas de antelación cuando se viaje con menor, llevar los originales de todos los documentos y copias adicionales, y verificar los requisitos del país destino con el consulado correspondiente, ya que algunas naciones tienen exigencias propias adicionales (declaraciones juradas, formularios específicos, vacunación).
Documentación que debe presentar
Reúna los siguientes documentos antes de acudir a su cita. Verifique siempre con la oficina si se requiere alguna copia adicional o legalización específica.
- DNI del menor
- DNI de ambos padres
- partida de nacimiento
- pasaje aéreo o constancia del viaje
- formato de autorización notarial
Procedimiento paso a paso
Determinar qué tipo de autorización corresponde
Si el menor viaja con uno solo de los padres, requiere autorización del que no acompaña. Si viaja sin ninguno, requiere autorización de ambos padres. Si los padres están separados, divorciados o uno ha fallecido, aplican reglas especiales.
Reunir la documentación
DNI vigente del menor, DNI de los padres, partida de nacimiento del menor (con apostilla si va a un país que la requiera), constancia del viaje (pasaje aéreo, reserva o invitación) y, en caso de tutoría legal, sentencia o resolución judicial correspondiente.
Acudir a notaría con ambos padres
En la modalidad notarial, ambos padres deben acudir personalmente a la notaría con el menor (si tiene más de 7 años). El notario verifica las identidades, lee la autorización y firma el documento.
Apostillar la autorización si el destino lo requiere
Si el país destino exige apostilla del permiso de viaje (caso frecuente en EEUU, países europeos), se debe acudir al Ministerio de Relaciones Exteriores tras el trámite notarial.
Vía judicial cuando hay desacuerdo
Si uno de los padres se niega injustificadamente a firmar, el otro puede solicitar autorización judicial supletoria al Juzgado de Familia. El proceso toma alrededor de 5 días hábiles si no hay oposición.
Llevar el documento original al viaje
En el aeropuerto, Migraciones del Perú verifica la autorización al momento de la salida del menor. Sin el permiso, la salida del país queda denegada. Conviene llevar copia adicional para el destino.
Preguntas frecuentes
¿Cuándo necesita un menor permiso de viaje?
¿Hasta qué edad requiere autorización?
¿Cuánto cuesta la autorización notarial?
¿Qué pasa si los padres están separados?
¿Qué pasa si uno de los padres ha fallecido?
¿La autorización debe apostillarse?
¿Cuánto tiempo es válida la autorización?
¿Migraciones revisa la autorización en el aeropuerto?
¿Puede emitirse una autorización de viaje múltiple?
¿Y si el padre vive en el extranjero?
Nota. Los plazos, costos y requisitos pueden variar. Confirme la información actualizada en la página oficial de la representación antes de iniciar cualquier gestión.